Ayer, Enrique Piragini, fundador de A.R.I.E.L. somos todos.ong ARGENTINA RECUPERA IDONEIDAD EN LIBERTAD (Inscripta en el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Reg. CENOC Nº 10427), la organización no gubernamental que trabaja reclamando seguridad, ante la posible manipulación de resultados de estudios de ADN en el Banco Nacional de Datos Genéticos, promovió una denuncia ante la justicia criminal federal de esta Ciudad, para que se investigue la posible comisión del delito de falsificación, supresión de estado civil, destrucción y sustitución de medios de prueba y violación de los deberes de aquellos funcionarios públicos que posibilitaran la manipulación de muestras para estudios genéticos a raíz de lo cual se derivaran consecuencias jurídicas tales como la puesta en duda de la identidad y filiación de las personas, permitiendo también el cobro ilegítimo de suculentos “resarcimientos” con fondos del estado nacional.
Se solicita investigar la correlación entre las personas desaparecidas durante el proceso militar y los 104 nietos recuperados, respecto al resultado de sus estudios de ADN, revisándose el mecanismo de constatación de su perfil genético, determinándose cuánto dinero percibieron como indemnización.
Todo ello a raíz del resultado arrojado por los estudios genéticos de los hijos adoptivos de la Sra. Ernestina Herrera de Noble en cuanto determinaron que no son nietos de las dos familias querellantes, y las manifestaciones del Sr. David Lanuscou, quien sospechaba que Marcela Noble era su nieta Matilde, el cual aseguró que “por supuesto que los Noble Herrera ya sabían que los análisis iban a dar negativos”. Según su punto de vista, “el cambio de estrategia de los Noble fue muy sospechoso”.
“Como siempre querían ganar tiempo y negarse a ir al BNDG, pensé que igual son hijos de desaparecidos, tengo la certeza de eso”, insistió, según la crónica periodística.
Las sospechas de la familia Lanuscou también apuntan contra la ex titular del BNDG, Ana María Di Lonardo. “Hay que seguirle la pista a ella, porque desde hace tiempo viene trabajando con los peritos de Clarín”, señaló.
Se impone una profunda investigación judicial para aclarar tan delicada situación.
El texto de su presentación es el siguiente:
DENUNCIA DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA. PIDE ESTUDIOS DE ADN
Excma. Cámara Federal:
Enrique A. PIRAGINI, por sí y por A.R.I.E.L. somos todos.ong (CENOC nº 10427), constituyendo domicilio procesal en Uruguay 485 piso 3º “R02” (Zona 119, TE 4599-8353 y 154-159-8401), a V.E. respetuosamente digo:
Que, solicito se designe juzgado instructor para que se investigue la posible comisión del delito de falsificación, supresión de estado civil, destrucción y sustitución de medios de prueba y violación de los deberes de aquellos funcionarios públicos que posibilitaran la manipulación de muestras para estudios genéticos a raíz de lo cual se derivaran consecuencias jurídicas tales como la puesta en duda de la identidad y filiación de las personas, permitiendo también el cobro ilegítimo de suculentos “resarcimientos” con fondos del estado nacional.-
Se solicita investigar la correlación entre las personas desaparecidas durante el proceso militar y los 104 nietos recuperados, respecto al resultado de sus estudios de ADN, revisándose el mecanismo de constatación de su perfil genético, determinándose cuánto dinero percibieron como indemnización.
Todo ello a raíz del resultado arrojado por los estudios genéticos de los hijos adoptivos de la Sra. Ernestina HERRERA de NOBLE en cuanto determinaron que no son nietos de las dos familias querellantes, y las manifestaciones del Sr. David LANUSCOU, quien sospechaba que Marcela Noble era su nieta Matilde, el cual aseguró que “por supuesto que los Noble Herrera ya sabían que los análisis iban a dar negativos”. Según su punto de vista, “el cambio de estrategia de los Noble fue muy sospechoso”.
“Como siempre querían ganar tiempo y negarse a ir al BNDG, pensé que igual son hijos de desaparecidos, tengo la certeza de eso”, insistió, según la crónica periodística.
Las sospechas de la familia Lanuscou también apuntan contra la ex titular del BNDG, Ana María DI LONARDO. “Hay que seguirle la pista a ella, porque desde hace tiempo viene trabajando con los peritos de Clarín”, señaló, por lo que solicito se lo convoque en calidad de TESTIGO.
Existen pruebas documentadas sobre la posibilidad de falsear los resultados de los estudios de ADN en el Banco Nacional de Datos Genéticos, tal como se desprende de la nota que transcribo, aparecida en el diario Clarín el 22/10/09 relacionada con un caso judicial donde intervine profesionalmente, la cual para ilustración del tribunal transcribo:
“MANIPULACIÓN DE UNA MUESTRA DE ADN EN UN JUICIO POR FILIACIÓN:
Comprueban irregularidades en el Banco de Datos Genéticos del Hospital Durand
La Justicia condenó al Gobierno porteño a pagar 50.000 pesos de indemnización a una menor.
TEST DE ADN. PARA DETERMINAR QUIÉN ERA REALMENTE EL PROGENITOR DE UNA NENA, SE LE ORDENÓ AL DEMANDADO HACERSE UN ESTUDIO EN EL BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS.
Claudia Ortega tuvo una hija en 1993. Estaba sola cuando dio a luz: su pareja la había dejado cuando el embarazo empezaba a avanzar. Un año después, la señora inició un juicio de reconocimiento de filiación al padre de su nena. La Justicia ordenó, entonces, que se le hiciera a su ex un estudio en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), que funciona en el Hospital Durand. Y ahí sucedió algo que parecía inimaginable: en el BNDG se cambió la muestra de ADN del padre, con lo que los análisis concluyeron que no existía la filiación que la madre reclamaba. “Quedé shockeada porque yo estaba cien por ciento segura de quién era el padre. Fue indignante porque todos me cargaban y me preguntaban quién era el papá de mi criatura”, recordó Claudia a Clarín.
Ahora, 15 años después, aquella manipulación de la muestra de ADN en el Banco Nacional de Datos Genéticos quedó completamente probada. La Justicia acaba de dejar firme un fallo en el que se condena al Gobierno porteño -el Durand pertenece a la Ciudad- a pagar $50.000 en concepto de indemnización por los daños sufridos por la hija de Claudia Ortega, hoy de 16 años. Por pedido de la madre, no se difunde el nombre de la adolescente.
En su fallo, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal consideró probada la deficiencia en el funcionamiento y organización tanto del área de recepción e identificación como en lo que hace a la seguridad de la extracción y conservación de muestras para análisis genéticos.
La Defensoría Oficial (tiene la obligación legal de intervenir para preservar los intereses de los menores) había reclamado la condena contra la Ciudad al sostener que hubo conducta culpable del Banco Nacional de Datos Genéticos por manipular la muestra de ADN con impericia o negligencia y haber retrasado el emplazamiento cierto de la nena en el estado de familia que le corresponde, con la correspondiente angustia y mortificación. Enrique Piragini, el abogado que representó a la señora Ortega en el último tramo de la causa, reconoció que aún hoy tiene fuertes sospechas de que “la muestra fue cambiada a propósito con el único fin de perjudicar a mi clienta”. Y agregó: “De acá se infiere que en la Argentina el estudio de ADN puede arrojar un resultado incierto. No es un estudio confiable”.
Después de que el primer análisis de ADN dio negativo, Ortega reclamó nuevos estudios periciales para probar que su ex pareja era realmente el padre de la nena. Esos análisis, que se hicieron en otros centros especializados, afirmaron que existía un 99,99% de probabilidades de que el hombre fuera el padre. Así, en 1998 se ordenó al padre biológico de la nena que se hiciera un nuevo examen en el Banco Nacional de Datos Genéticos. Esta vez la conclusión fue que existía una probabilidad del 99,998% de que el hombre fuera el progenitor. En su informe, el Banco Nacional de Datos Genéticos agregó que “el ADN extraído de la muestra hemática” con fecha “02/11/98 no es el mismo que obra en este BNDG de la muestra extraída el 21 de noviembre de 1994 para la realización de la pericia de filiación”.
En 2000, Ortega inició una demanda por daños por la manipulación de la muestra. Recién en abril de este año, la Sala I de la Cámara lo Civil y Comercial Federal -integrada por los jueces María Susana Najurieta, Martín Diego Farrell y Francisco de las Carreras- encontró probada la “existencia de daño en la menor”. Y en consecuencia condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a abonar a la adolescente una indemnización de 50.000 pesos más sus intereses.
El Gobierno porteño interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia, pero éste fue declarado inadmisible el pasado 20 de agosto. Aunque la sentencia ya está firme, la adolescente aún no cobró la indemnización, según informó el doctor Piragini”.
Esta muy delicada situación arroja dudas sobre otras atribuciones de identidad que tomaran como prueba irrefutable los resultados de estudios en dicho ente, visto lo inseguro y vulnerable del sistema en la recolección de muestras, prestándose a manipulaciones por reprochables intereses políticos y económicos.
Vale recordar los casos de fraudes en el cobro de indemnizaciones acontecidos en la vecina República de Chile, provocando que el Estado demandara la restitución del dinero mal habido por inescrupulosos que fingieron su identidad, distorsionando el fin supremo de la política de derechos humanos.
La identidad de las personas debe ser preservada a toda costa, ya que se trata de un derecho humano cuya supresión implica un crimen de lesa humanidad, y por ende también resulta imprescriptible, conforme tratados internacionales de jerarquía constitucional cuyo desconocimiento pondría en situación de indignidad al Estado que no los respetase ni hiciere cumplir (arg. Art. 220 Cód. Penal). Tratándose de hechos de suma gravedad, se impone su investigación aún de oficio por tratarse de delitos de acción pública, por lo cual ruego se proceda sin exigir una innecesaria ratificación de esta presentación, sin perjuicio de lo cual esta organización no gubernamental adelanta que asumirá el rol de querellante en aras del interés difuso ínsito en el art. 43 de la Constitución Nacional, o cuando menos, como amicus curiae, sin perjuicio de quienes se sumarán a esta acción, ya que esta ONG trabaja reclamando seguridad y combate cualquier manifestación de violencia ilegítima, y hechos como los aquí denunciados, generan inseguridad e involucran el potencial humano, más allá de cuestiones patrimoniales que involucran fondos del erario público.-
Dígnese V.E. tener presente lo expuesto y proveer de conformidad, que
SERA AFIANZAR LA JUSTICIA.-
ENRIQUE A. PIRAGINI
Abogado
CPACF Tº 22 Fº 23
TE 154-159-8401
A.R.I.E.L. somos todos.ong
Argentina Recupera Idoneidad en Libertad
Uruguay 485, 3º “R02” Capital Federal
Este es el segundo informe que te publicamos, para que te des cuenta lo que el règimen es capaz de hacer...Comentado y publcado por Miguel...
No hay comentarios:
Publicar un comentario