Juicio ESMA I: Palabras finales del Capitán de corbeta Ricardo Cavallo
El juicio llamado ESMA ha dejado en el camino a un brillante hombre de derecho, el Dr. Solari. Publicamos las palabras finales del Capitán Ricardo Miguel Cavallo donde hace mención sobre el particular.
Si bien estas declaraciones no son validas para este juicio, quedarán para futuros pasos procesales.
El juicio en sí, tuvo muchas irregularidad, como todo lo armado violando las normas del derecho. El fin, fue presentar a la audiencia nacional e internacional, un juicio.
Sí lo hubo, pero fue lo más parecido a un juicio popular.
El derecho brilló por su ausencia.
Tengo fe que si se trabaja sobre el enemigo correcto -los que violan el derecho- se pueden recuperar las instituciones.
Oscar A Cavallo
Finalmente hemos llegado a este momento.
En primer lugar quiero decir que estoy profundamente agradecido al Dr. Alfredo Solari por haber insistido en continuar con su defensa, que ha llevado hasta el extremo del martirio, pues he sido testigo presencial de los profundos dolores físicos que le causaba venir a las audiencias. Sin embargo lo hizo hasta el final de su alegato.
Aunque tenía un enfermedad de pésimo pronóstico, pudo haber dedicado sus últimos meses a tratar de combatir su mal. Eligió combatir a la injusticia desde la defensa que ejerció en mi caso y en el de sus otros defendidos. Por eso tiene mi respeto, mi reconocimiento y mi admiración.
Es evidente que se fue deteriorando en su capacidad física hasta extremos que me impresionaron y seguramente impresionaron a todos los que lo vieron.
Hoy podemos decir que su alegato fue su último acto profesional en su vida de hombre del derecho.
Lamentablemente me veo en situación de tener que repetir una vez más las mismas dos cosas que he dicho cada vez que he tenido oportunidad de hablar en este proceso que llaman juicio:
1. Soy inocente de los cargos que me imputan
2. Estoy en estado de indefensión.
***
1. Soy inocente de los cargos que me imputan
No hay pruebas ni testimonios que me relacionen con los hechos que me imputan en este proceso.
De haber podido el Dr. Solari terminar su alegato en debida forma, sin las limitaciones evidentes que le impuso su terrible enfermedad seguramente habría controvertido, uno por uno, los testimonios de los testigos que citaron las querellas y la fiscalía para hacer sus imputaciones en mi contra.
Yo no puedo alegar, solo puedo mencionar que, por ejemplo, el Dr. Solari habría dicho que el sr. Cubas, que declaró en este debate que yo pasé por Pecera preguntando quien conocía al Sr. Walsh, hizo la misma declaración hace unos años, también bajo juramento de decir verdad e hizo la misma aseveración con otro oficial como protagonista de sus dichos… problemas de la edad?... de la memoria? Lo cierto es que en ambas oportunidades juró que diría la verdad. En mi caso no era cierto y tengo elementos para creer que en el otro tampoco.
También podría haber contado que no estuve, como dijo aquí la señora Marti, dentro de la boletería del tren de la estación donde la detuvieron, es más, no conozco el interior de ninguna boletería del mundo.
Por otro lado, pensar que para detenerla hacía falta instalar un hombre dentro de la boletería es como mínimo no entender cómo se desarrolla una operación de ese tipo.
Suponer que la sra. Marti era tan conocida en la zona que el boletero de la estación podría decirle algo que él advertiría… todo un encadenamiento de posibilidades prácticamente nulas… entre otras cosas porque la rutina de la sra. Marti por esa época incluía tratar de pasar lo más desapercibida posible en todo momento y, seguramente no se habría hecho notar por un potencial informante de las fuerzas de seguridad como podía ser el boletero, no olvidemos que su estado era lo que se llamaba… que ellos, los Montoneros llamaban “clandestinidad”, en la que se encontraba toda la organización desde septiembre de 1974. Entre sus normas de conducta figuraba tratar de pasar inadvertidos permanentemente.
En cuanto al hombre que estaba en la boletería, aún en el supuesto que conociera a la sra. Martí, seguramente que desde donde se encontraba no podía ver a un grupo de gente que estaba esperando a la sra Marti, suponiendo que fuera cierto lo que cuenta del resto de las circunstancias de su detención.
Tampoco seguramente los vería el boletero.
Amén de todo este razonamiento sus dichos no son ciertos, además yo no estuve en esa boletería ni nunca en ninguna otra.
Ella declaró esto en alguna declaración anterior de hace pocos años… supongo que obedece a que alguien, o algunos, necesitaban ubicarme en el Grupo de Tareas en ese período. De hecho, esa declaración es posterior al pedido de extradición que hizo al reino de España el dr. Torres, que decidió imputarme esta causa, la llamada “Testimonios C”, en esa oportunidad.
Por último, podría haber mencionado, entre otras muchas cosas relacionadas con los testigos que intentan utilizar las querellas y la fiscalía en mi contra que la sra. Marta Alvarez, nunca había mencionado mi nombre como perteneciente al área de inteligencia en 1977 hasta su declaración en este debate, que por otra parte es la única de los que declararon sobre hechos de 1977 que hace semejante cosa. Parece evidente que alguien necesitaba ubicarme en esa estructura en ese año.
Cosa que no es cierta, por otro lado.
En cuanto a los testigos que me nombraron en relación con causas por las que no he sido acusado en este juicio, seguramente el Dr. Solari habría dicho una gran cantidad de cosas en mi descargo que yo, ahora, no puedo hacer. Pero no puede el tribunal dejar de tener en cuenta que sobre los llamados casos del grupo Villaflor y Jara de Cabezas, estos fueron investigados por el tribunal militar en 1985 y 1986. En esa investigación hasta fui sometido a ruedas de reconocimiento, en las que participaron algunos de los que en este debate vinieron a testificar.
En esa oportunidad, en la que hacía menos de un año que mi foto había sido publicada en varios medios de comunicación con una amplísima difusión, menos de la mitad de los testigos pudo reconocer mi imagen, que por otro lado era pública.
Sobre este tema se expidió tanto el juzgado de instrucción militar como la Cámara Federal (esta lo hizo en abril de 1987, antes de las llamadas leyes de Punto Final y Obediencia Debida) exonerándome de la investigación.
Por otro lado, no hubiera dejado de mencionar que, en el hipotético caso de que fuera cierto que yo llevé a esas personas de visita a sus casas, cualquiera que pensara con cierta mínima lógica llegaría a la conclusión de que, seguramente, sería la persona más interesada en este mundo para que a esas personas no les pasara nada y que, en aras de conseguirlo haría todo lo que estuviera en mi mano y aún más, para mantenerlos con vida y que recuperaran su libertad.
Lamentablemente, estoy impedido de decir todas las cosas que hubiera alegado el dr. Solari. Como conozco todo lo que hubiera dicho estoy convencido de que no pudo hacerlo por sus limitaciones de salud evidentes.
Insisto en que le estoy absolutamente agradecido por haberme defendido y todavía conmocionado por habernos mostrado a todos como dejaba hasta la última pizca de una energía que ya no tenía en aras de llevar a cabo la defensa de sus pupilos. Sin duda mereció un mejor trato por parte de sus interlocutores.
He realizado mi mejor esfuerzo por participar de esto que llaman “juicio”, haciendo lo posible por contribuir a mi defensa y sobre todo entender lo que ocurre.
Declaré como lo hice porque percibí que no importa lo que declarara, los llamados “testigos necesarios” serían valorados más que lo que yo pudiera decir.
Los “testigos necesarios” son una anomalía jurídica que solo vale en estos juicios, que tiene en los hechos carácter de testigo calificado, algo así como el voto calificado, con más valor probatorio asignado por el tribunal que los testimonios de los testigos de las partes acusadas y aún que las pruebas documentales.
En mi ampliación de indagatoria traté de aportar al tribunal algo que hasta ese momento nadie había traído a este “juicio”: el contexto vigente en la época de los hechos que se juzgan.
Para ello traté de recabar información producida por autores que no fueran sospechados de tener la menor relación con las fuerzas armadas y de seguridad y menos aún en aquellos años. Pedí disculpas y comprensión al tribunal y a los presentes porque dada mi actual situación de privación de libertad, que lleva ya un tiempo, no me ha sido posible acceder a toda la documentación adecuada para este fin.
Lamentablemente quedó el 11 por ciento de los dichos citados con procedencia del autor conocido como “Tata” Yofre. Hemos escuchado aquí que el representante de la Secretaría de DDHH en su alegato dijo que en mi ampliación de declaración indagatoria me dediqué a leer fragmentos de sus libros. Algo parecido dijo la representante de la querellante Patricia Walsh y alguno más.
No puedo menos que deplorar que el representante de la Secretaría de DDHH no haya podido comprender el 89 por ciento de lo que leí, probablemente por mis problemas de lectura. En todo caso pongo a su disposición ese 89 por ciento restante. Lo mismo que a cualquiera que lo quiera recibir. Basta con que me lo hagan saber al penal de Marcos Paz, donde me encuentro detenido en este momento.
Por último, el fiscal en su alegato mencionó el destino del entonces capitán de fragata Busico, luego de haber declarado en el juicio a la causa 13 como que no solo no sufrió consecuencias sino que fue premiado con un destino deseado por la mayoría de los jefes: segundo comandante del portaviones.
Evidentemente el fiscal no tuvo en cuenta que su opinión de “destino deseado” es absolutamente personal, de él, y no necesariamente compartida por la oficialidad de la Armada Argentina.
Por ese entonces, el portaviones era el buque más grande de la flota. El segundo comandante, en cualquier unidad de la Armada Argentina, es el responsable de que todo funcione como debe. Esa función en un buque del tamaño y la vetustez del portaviones era una fuente de problemas permanente.
Olvidó mencionar el fiscal que el “premio” que recibió el capitán de fragata Busico no incluyó su ascenso al grado superior, ya que no fue propuesto por sus superiores ascender a capitán de navío.
Se dice que la peor mentira es una verdad a medias: fue designado segundo comandante del portaviones, lo que se puede considerar una especie de “presente griego”. Una garantía de por lo menos un año con muchos dolores de cabeza. Se continuó con la no propuesta para ascenso al grado siguiente.
Verdad que se ve diferente cuando se conoce el conjunto de los hechos?
He usado este casi banal ejemplo para mostrar lo que ha venido ocurriendo en todo este proceso que dan en llamar juicio: permanentemente se han usado descripciones y relatos de personas que tienen intereses creados en contra de los imputados. Se ha obviado la búsqueda de la verdad para establecer un “relato”, como se da en decir en estos tiempos, adecuado a los intereses de quienes conducen todo esto, que por supuesto, no tienen nada que ver con la justicia.
Por otro lado en su investigación el fiscal parece no haber encontrado algún dato que puede tener cierta relevancia para evaluar las cosas: por ejemplo, si hubo algún comandante de Grupo de Tareas que ordenara tomar medidas extremas contra alguno de sus oficiales.
Si, lo hubo. Dos casos. Finalmente las ejecuciones no se llevaron a cabo.
Precisamente las dos personas que iban a ser ejecutadas están siendo enjuiciadas aquí, lo mismo que la persona a la que se le ordenó hacerlo.
El comandante del Grupo de Tareas no está en este juicio.
Ellos eligieron el silencio y lo respeto, pero esto probablemente agregue una nueva visión sobre lo que significaba la verticalidad en el cumplimiento de órdenes.
2. Estoy en estado de indefensión
Doy por reiteradas aquí todas las razones que ya he esgrimido ante este tribunal.
Es un hecho que no he logrado despertar en el tribunal la idea de que era un tema del que debía ocuparse a pesar de haberlo reiterado en mi ampliación de declaración indagatoria, por lo que estoy convencido que si el tribunal tiene la responsabilidad de tutelar mi derecho de defensa no ha cumplido con tal deber.
Lo que he dicho en ambas oportunidades, mi declaración indagatoria al comienzo del juicio y la ampliación de declaración indagatoria de los días 1 y 13 de abril pasados, sigue vigente en todos sus términos.
Pero se han agregado otros factores a los ya mencionados:
Tienen que ver con el proceso que terminó con la renuncia del Dr. Solari a mi defensa, seguida pocos días después de su fallecimiento.
3. Nuevos hechos que hasta hoy no he mencionado
Dado el tenor de lo que voy a decir no voy a utilizar adjetivos, me limitaré a relatar los hechos.
a. Desde que el dr. Solari comenzó a faltar a las audiencias, fue sustituido por el dr. Coronel. En ninguna oportunidad se me preguntó, creo que a ninguno de los defendidos del dr. Solari tampoco, si estaba de acuerdo con tal sustitución.
Esto tampoco ocurrió en ninguna oportunidad a lo largo del debate. Por supuesto yo ignoraba que debía dar mi acuerdo. Rescato, valoro y resalto la solidaridad y hombría de bien del Dr. Coronel, que de manera graciosa, sin tener ningún interés económico realizó estas sustituciones solo para ayudar al colega y amigo a seguir adelante.
Solo que aquí, la autoridad de la que depende la tutela de que yo ejerza mi derecho de defensa tampoco lo tuvo en cuenta (a mi derecho de defensa) y no requirió mi acuerdo para sustitución alguna.
Me preocupó seriamente la ausencia de mi defensor durante los alegatos de las querellas y sobre todo del de la fiscalía. Como soy lego en derecho y nadie del tribunal tuvo ninguna reacción al respecto asumí que mi preocupación carecía de sentido. Hoy llego a la conclusión de que eso no debió haber ocurrido, que quien tutelaba mi derecho de defensa debió haber tomado medidas para asegurar que ejerciera ese derecho.
Seguramente habría continuado en la ignorancia si no fuera porque el mismo tribunal requirió mi acuerdo para que el hijo del dr. Solari sustituyera a su padre en dos audiencias, las últimas del mes de julio.
Luego me enteré de que el mismo acuerdo había sido requerido al resto de los defendidos del dr. Solari. ¿Qué había cambiado? No pude menos que preguntármelo y averiguar cuál era el motivo de semejante cambio en la conducta del tribunal. Entonces aprendí que existe el art. 111 del Código procesal penal de la Nación y que este artículo establece que el acusado debe dar su acuerdo para que la sustitución se realice.
Es decir, durante meses, al menos más de dos meses seguidos y varios más sumadas todas las ausencias de mi defensor a lo largo del juicio, no se ha tutelado mi derecho de defensa.
b. Justo antes del comienzo de lo que sería su último acto en este debate, la última parte de su alegato, el dr. Solari nos comunicó a sus defendidos lo siguiente:
i. Cuál era el diagnóstico real de su enfermedad: cáncer de hígado de tipo 3, no operable.
ii. Que al final de su alegato presentaría su renuncia a la defensa, que ya no tenía fuerzas para seguir adelante, dado el dolor que padecía.
iii. Que el tribunal ya estaba al tanto de todo esto
iv. Le pregunté desde cuando lo sabía el tribunal y me dijo que desde hacía poco más de una semana.
c. Me queda claro entonces que el tribunal conocía la enfermedad y el estado del doctor Solari antes que yo mismo. Conclusión a la que se llega por otra parte de manera muy fácil, teniendo en cuenta las fechas de audiencias que fijó el tribunal para que el dr. Solari realice su alegato, consistentes con la necesidad de recuperar fuerzas luego del extenuante esfuerzo que esto le exigía, en razón de su desesperante estado de salud; cosa que hizo completamente en forma personal, sin recurrir a los ayudantes que le habían sido autorizados y por cierto en forma brillante.
Ningún otro defensor ni querellante tuvo esta “preferencia” para sus fechas de alegatos.
d. Cuando reacciona la fiscalía diciendo que esto se veía venir, no pude menos que sentirme doblemente asombrado.
Obviamente, como cada uno de los que lo vimos a lo largo de los últimos meses pudimos apreciar su progresiva y alarmante declinación física e incluso preocuparnos con ella y temer seriamente por él.
En mi caso particular en las cinco veces que vino a la audiencia entre fin de abril de este año y el comienzo de su alegato, aún durante el desarrollo de su alegato, le pregunté por la evolución de su enfermedad.
Desde el principio nos dijo que tenía un trombo (una especie de coágulo) en la vena Porta a la entrada del hígado, que era de muy difícil operación.
Que este trombo era consistente con una enfermedad genética que le impedía metabolizar el hierro normalmente. Todas las veces que le pregunté sobre el tema me dio respuestas relacionadas con ese diagnóstico.
En más de una oportunidad le sugerí y le pedí que deje la defensa y se dedique a atender su dolencia, que yo no le haría ningún cargo por ello y que tendría mi profundo agradecimiento por todo lo que había realizado hasta ese momento. Dentro de la gravedad de lo que estamos viviendo aquí, mi prioridad era que se atendiera en la mejor forma posible y recuperara su salud. Obviamente ni se me pasó por la cabeza abandonar al dr. Solari en esa circunstancia, donde veía que comprometía día a día su salud, sin saber en ese momento que, sencillamente, estaba entregando su vida para hacer lo que creía que debía hacer.
Al comienzo del alegato me dijo que se había comprometido con el tribunal a terminar su alegato.
e. Terminado el alegato y ya renunciado el dr. Solari, luego de la fiscalía el representante de una de las querellas, el dr Yanzon, pidió la palabra y dijo entre otras cosas que “habíamos sido víctimas de un fraude procesal por parte del dr. Solari…que sabía que al finalizar su alegato dejaría la defensa y que no debió haber aceptado la sustitución del dr. Coronel”.
Cuando el tribunal volvió de un cuarto intermedio observó al dr. Yanzon por sus dichos sobre el dr Solari y el presidente del tribunal dijo “no nos olvidemos que gracias al dr Solari llegamos aquí”.
f. Luego de la renuncia del dr. Solari, que ni nosotros ni, evidentemente el fiscal ni alguno de los querellantes esperábamos, el tribunal mostró la intención de seguir con la audiencia imponiéndonos la defensa de un defensor oficial. Quedó claro, para mí al menos, que el único motivo por el que el tribunal accedió a suspender la audiencia fue el caso de la ausencia y sustitución del dr. Coronel. Reconozco que esto es una suposición.
g. Luego de nombrado mi nuevo abogado particular no se le dio ningún plazo para que se imponga mínimamente con el contenido de la causa. La presidencia del tribunal le dijo que la audiencia podía continuar porque no tendría que hacer más que escuchar y que además se le proveería copia de los videos de las audiencias para que las pueda ver.
En ese acto el tribunal no tuvo en cuenta que las copias de los videos no se pueden, de ninguna manera, ver en los tres días que le concedieron, nominalmente, porque en realidad se aprovechó el plazo hasta la siguiente audiencia para que en ese período se compute el plazo de tres días que teóricamente le estaban otorgando.
No solo el tribunal no tuvo en cuenta cuánto tarda alguien en ver los videos de todo el juicio sino que, hasta el día de hoy, no se le han entregado las copias que dijo el presidente del tribunal que le darían. Con esto, obviamente, lo dejan inerme frente la defensa de seis acusados, un tercio de los imputados en este juicio.
Por otro lado, durante el desarrollo de la réplica del fiscal, en la que teóricamente mi nuevo abogado solo tenía que escuchar, los acusados nos encontramos en la necesidad de ir aclarándole de quienes estaba hablando el fiscal cada vez que nombraba a alguno de los testigos o de los casos que se juzgan en este proceso. Con esto quedaba claro que lo dicho por el presidente del tribunal no se compadecía con lo que estaba ocurriendo en la sala.
4. No puedo menos que sacar estas conclusiones:
a. No sé que hubiera hecho si me hubiera enterado en tiempo y forma que yo debía estar de acuerdo con la sustitución de abogados. Muy probablemente hubiera llegado un punto en que me hubiera negado, en aras de generar una determinación que le proporcionara más tiempo al dr Solari para tratar de atenderse, en contra de lo que evidentemente era su intención.
De todas formas no pude hacerlo porque no sabía que existía esa posibilidad.
b. La conducta del tribunal, a lo largo de la enfermedad del dr. Solari me hace tomar conciencia de que, lamentablemente, parece estar más interesada en el cumplimiento de un cronograma que aparentemente se ha fijado para el desarrollo de este proceso, aún a costa de la vida y la salud de las personas, que a la tutela de mi derecho de defensa.
c. Este convencimiento se refuerza cuando observo la forma en que el tribunal trata a mi abogado defensor, negándole armas para ejercer una defensa mínimamente adecuada ya que le niega todo tipo de plazo para que se imponga de la causa y además le niega el acceso al material necesario para enterarse del contenido de la misma. Evidentemente no se tiene en cuenta que nadie buscó que el dr, Solari se enfermera y muriera, dejándome indefenso junto con otros cinco acusados. Por lo tanto no es mi responsabilidad ni de los otros acusados y menos del doctor Olmedo Barrios. Al negarle todo plazo para tomar conocimiento mínimo de la causa se perjudica de manera insalvable a los acusados y al propio letrado para ejercer su tarea. El doctor Olmedo Barrios ha demostrado una valentía sobresaliente al asumir esta defensa en este estado de cosas y, dado lo ocurrido, no me extrañaría que deje la defensa solo con los agravios que le ha realizado el tribunal hasta el momento.
5. Por lo tanto
d. Me declaro, una vez más, indefenso frente a este proceso por todos los motivos que describí en mis declaraciones indagatorias, que todavía subsisten a los que se agregan los que acabo de mencionar
e. He llegado a la conclusión de que el tribunal ha puesto su interés y prioridad en cumplir un cronograma que aparentemente tienen y no en que se cumplan cuestiones básicas, creo, del debido proceso; por ejemplo cuidar que los acusados podamos ejercer el derecho de defensa sin cortapisas.
i. Digo “aparentemente” porque a lo largo del juicio, sobre todo desde el mes de julio a esta parte este proceso ha tenido audiencias en las que parecía que tenían que cumplir con algún objetivo o alguna meta porque prolongaban la audiencia hasta mucho más allá de lo que normalmente lo venían haciendo. Transmitían entonces la sensación de que “tenían” que terminar algo en un período de tiempo perentorio. Luego esto se veía desdibujado porque se retomaban las audiencias con el tiempo que normalmente le dedicaban a cada audiencia (en alguna audiencia el presidente mencionó que era de unas cinco horas de tiempo efectivo por cada día de audiencia).
Hubo alguna semana en que el tribunal realizó cuatro sesiones y el presidente dijo que era facultad del tribunal realizar audiencias los días que decidiera, incluso todos los días si lo consideraba necesario. También hubo audiencias que terminaron pasadas las once de la noche, sabiendo que al día siguiente habría audiencia nuevamente.
ii. Este proceso de apurar y luego volver al ritmo normal se verificó en tres oportunidades. Ahora estamos en uno de ellos. Prueba de ello es lo ocurrido el mismo día miércoles 12 de octubre pasado. En una maratónica sesión que comenzó a las 8 de la mañana ( en los hechos minutos antes de las 9) y terminó a las cerca de las 20 horas.
iii. El caso es que para llevarlo adelante, han hecho caso omiso de los derechos de mi defensor. Que aparte de los derechos que la ley le otorga debe estar en condiciones de plantear una defensa lógicamente razonable, con un mínimo de igualdad de armas con respecto a las otras defensas y a las acusaciones de la fiscalía y querellas. Con este proceder además, nos someten a otra causa de indefensión. El dr. Olmedo Barrios se ha ocupado y preocupado por plantear los necesarios pedidos de que se le conceda tiempo para tomar un mínimo conocimiento de la causa. No lo he escuchado mencionar que el plazo de ley de tres días no le alcanza materialmente para ver todos los videos de este proceso ni aunque se pasara las 24 horas de cada uno de esos días viendo los videos, aún en el caso de que se los hubieran entregado, que no ha ocurrido hasta este momento. El punto es que la suma de las horas de video que hay para ver suma matemáticamente muchísimo más que las 72 horas que se le otorgaron al dr Olmedo Barrios para que las viera…además, por supuesto de ni siquiera dárselas para que disponga de ellas…aunque el tribunal le había asegurado en audiencia pública que así lo haría.
Lamentablemente debo entonces llegar a la conclusión de que para este tribunal es más importante lo que se ha fijado como plan de trabajo o cronograma de tareas a desarrollar que permitir que los acusados se defiendan.
Señores jueces: para que un acusado se defienda tienen que concurrir varias circunstancias:
1. Tener la voluntad de defenderse. Para el caso en que esta no se cumpla entiendo que el tribunal dispone asignar defensores oficiales según necesidad.
2. Disponer de un abogado defensor o cumplir las condiciones para poder defenderse a sí mismo.
3. Que quien ocupa el cargo de autoridad acuerde al acusado la posibilidad de defenderse. Si esta no existe la defensa es imposible.
4. Que exista un marco legal al atenerse para que la autoridad pueda llegar a una decisión con garantías para las partes en litigio.
Aparece claramente a la vista de cualquier observador, al menos que no sea abogado, que en este proceso el tercer punto no existe y el cuarto es, al menos, discutible.
Tanto la falta de respuesta a mis sucesivos pedidos durante mis declaraciones indagatorias, más los pedidos que he realizado en el período previo al comienzo del debate hacen muy fácil llegar a la conclusión de que esto va a seguir adelante en la dirección en que lo deseen llevar quienes lo conducen, o sea los jueces. Esto sin importar lo que se plantee o argumente de parte de las defensas, tengan o no razón.
En estas condiciones cualquier esfuerzo que realicen tanto el acusado como el defensor esta irremisiblemente destinado al fracaso. Deja de tener sentido.
Si alguna duda quedaba basta con ver el proceso de la enfermedad del dr. Solari:
El dr Solari pasó largos períodos de tiempo sin presenciar las audiencias del debate, alguno mayor de dos meses.
No estuvo presente en los alegatos de las querellas y de la fiscalía.
Con el transcurso del tiempo sus fuerzas fueron menguando de manera visible. El tribunal permitió que prosiguiera con su defensa hasta que presentó su renuncia por motivos de salud.
Su alegato fue brillante, pero la parte fáctica dejó muchos huecos sin cubrir. Justamente eso ocurrió (su alegato de la parte fáctica de cada uno de sus defendidos) durante su último día como defensor, con sus fuerzas ya absolutamente agotadas. Dijo en un momento que el dolor que tenía era “una tortura”.
Estaba sufriendo más allá de su capacidad de aguante, que era mucha, enorme. Me dijo que no podía tomar calmantes durante el alegato porque los calmantes le afectaban la mente tanto que quedaba dormido o con tanto sueño que no podía pensar con claridad.
A pesar de conocer perfectamente el estado del dr Solari, según lo que dijo él mismo el 22-09-2011 y dejó ver el propio tribunal por su conducta fijando audiencias para darle tiempo a recuperarse, el tribunal no tomó ninguna medida para que los acusados, yo en mi caso, tomara conocimiento de la situación, dejando sin tutela mi derecho de defensa una vez más.
Qué diferencia de actitudes! El dr. Solari nos dejó un ejemplo de fe en el derecho, que defendió con desprecio de su propia salud, hasta dar la vida, literalmente, en aras de la defensa de sus pupilos…pero también del derecho. Las últimas palabras que me dedicó antes de irse fueron: “no dejen de insistir en se aplique el derecho. A la larga va a prevalecer”
Que contraste con quienes lo dejaron entregar su vida sin mover un dedo para paliar su sufrimiento ni ahorrarle un gramo del calvario por el que pasó… cabe preguntarse en pos de que objetivo hicieron esto… que cosa puede justificar esto en esta época… cuesta imaginar una respuesta…
Luego de asistir a la mayoría de las audiencias y escuchar todo lo esgrimido por la fiscalía y varias querellas sobre el carácter institucional de los hechos que se juzgan y la utilización de la estructura del estado por parte de sus autoridades nacionales, democráticas o no, en forma discrecional, utilizando un marco regulatorio fijado por vía no legislativa; es imposible no asociar lo que aquí se juzga ocurrido hace más de treinta años con lo que está pasando actualmente en este país: una parte del Poder Judicial se ha conformado en una suerte de conjunto de grupos de tareas, que persiguen, capturan y detienen a personas porque son de un determinado grupo de pertenencia.
Es cierto, ha habido una cierta evolución de una a otra época: antes se eliminaba a los perseguidos, a una parte de ellos. Teniendo en cuenta que una cantidad conservadora de terroristas combatientes era de alrededor de 12.000 hombres y mujeres, han tenido unos dos tercios de bajas.
Hoy la situación de este país no admite la ocurrencia de muertes de manera sangrienta, por lo menos hasta ahora. Optaron por hacerlo entonces de manera “indirecta” podríamos decir: se detiene a personas con un promedio de edad mayor a los 65 años en sitios diseñados y administrados por personal adiestrado para una población no mayor de treinta años de edad promedio. Esta situación es la vigente en todas las cárceles del país.
El único caso que conozco donde se está en capacidad de atender con alguna solvencia las patologías de gente del grupo etario de los hoy perseguidos es el hospital del complejo penitenciario nº 1, Ezeiza.
Por esas cosas de la administración pública argentina actual, precisamente el propio ministro de justicia de la Nación, Julio Alak, declaró en al menos dos diarios del día sábado 8 de octubre pasado, Página 12 y Perfil, que en treinta o cuarenta y cinco días trasladarán a 15 detenidos de ese hospital (el de Ezeiza) a la cárcel de Devoto. Uno de los argumentos que usó fue que ahora tienen un régimen de privilegio.
Con esto el ministerio de justicia “corregirá” la situación que viven 15 detenidos por las que se da en llamar “causas de lesa humanidad”. Varios de ellos están siendo juzgados en este “juicio”. Con esta medida el estado nivela para abajo y le quita el “privilegio” de ser tratado con mínimas garantías sanitarias a 15 de los detenidos para llevarlos a la misma situación que al resto de los detenidos, que estamos en las cárceles preparadas para albergar a personas que tienen, en promedio, más de treinta años menos de edad que nosotros.
Todo parece indicar entonces, que nuestra muerte es la intención de quienes dirigen todo este gigantesco operativo venganza. Incluso hubo abogados relacionados con diferentes querellas y/o organismos de los que se da en llamar de “derechos humanos” y en realidad es de derechos humanos de algunos que dijeron que consideran un castigo apropiado el “juicio permanente”. Es decir que los acusados seamos sometidos a juicios uno detrás de otro hasta que se agote nuestra vida y nos vayamos muriendo.
Una prominente funcionaria de la Secretaría de Derechos Humanos, seguramente una de los jefes de los que aquí aparecen y se declaran “representantes del Poder Ejecutivo Nacional”, tal como lo ha dicho en su alegato recientemente devenida en camarista, la doctora Figueroa le dijo hace unos años a mi entonces abogado, el doctor Solari: “vea doctor, quiero 1300 militares presos, los quiero desposeídos y sus familias empobrecidas”.
Esta parece ser la filosofía imperante. Todavía éramos mucho menos de los más de mil que somos ahora. Seguramente los números se han ido corrigiendo al ir consiguiendo las metas, pero la actitud es la misma.
Cabe como reflexión que si prestando atención a la descripción que hizo la fiscalía de los hechos y de la organización y uso que se hizo de los recursos del estado para perseguir a los terroristas (ellos dicen a “militantes sociales” o cosas parecidas), por el mismo camino se puede concluir que este tribunal y todos los demás tribunales que se están ocupando de estas causas constituyen lo que hoy podría llamarse “los GT de esta época”. A poco que se mire los paralelos son notables.
Hoy las armas no son las de fuego sino los códigos, las normas legales usados de manera discrecional. Tan discrecional que han modificado de hecho, sin ningún tipo de consulta popular ni ley al respecto normas como el llamado Tratado de Roma al menos en dos partes: en quienes pueden cometer terrorismo y en la aplicación retroactiva del Tratado, que su propio contenido deniega.
En aras de tenernos detenidos y pasarnos por un acto similar a un juicio, con características de juicio, han hecho cosas como modificar la Constitución Nacional, poner tratados internacionales por encima de la misma Constitución.
Hacen como que no existe la parte de la Constitución que dice que los Tratados Internacionales tienen vigor en tanto no entren en conflicto con la primera parte de la Constitución, que establece la defensa de los derechos de los argentinos (garantías constitucionales).
Entonces no puede asombrarme la conducta de este tribunal en todas las violaciones a mi derecho de defensa que he mencionado.
Solo puedo esperar que un día la gente del derecho estudie lo que aquí está ocurriendo y pueda corregir algo. En ese momento seguro no faltará que alguno de los que hoy pertenece a estos Grupos de Tareas de hoy diga que “obedecieron órdenes”.
Dado que la defensa no tiene sentido y la actitud del tribunal para con mi nuevo defensor puedo considerar como un hecho que quienes fungen como “autoridad de aplicación”, es decir los miembros del tribunal, no van a facilitarle los recursos indispensables para ejercer la defensa de sus seis defendidos.
Acabo de conocer al dr. Olmedo Barrios. Me merece el mayor de los respetos su actitud de asumir esta defensa en estas condiciones y no haber desistido, ante la actitud del tribunal, por ser impracticable cualquier defensa cuando hoy todavía no consiguió que le entreguen las copias de video de las audiencias del juicio, no hablemos ya del tiempo necesario para verlos.
Por si todo lo dicho hasta ahora no bastara para llegar a conclusiones sobre este proceso que llaman “juicio”, resulta que tengo en mi poder una muestra en “blanco sobre negro” como dicen los periodistas, de la justicia que dispensa este tribunal, en su actual composición:
Hace unos meses mi abogado, el dr. Solari, pidió a este tribunal mi excarcelación por haberse vencido todos los plazos legales para mantenerme en prisión preventiva.
El fiscal, cuando tuvo que opinar, dijo que no se me debía dejar en libertad porque había peligro de que me fugara, ya que había sido detenido con un documento falso, lo que permite pensar que puedo recurrir a documentación falsa e intentar fugarme.
Esta afirmación del fiscal es absolutamente falsa. Es mentira.
Cuando se me detuvo no tenía ningún documento que no fuera a mi nombre y expedido en legal forma. No hay, en toda la gigantesca causa en que se ha transformado la causa ESMA, ninguna prueba ni indicio ni siquiera mención, de que yo hubiera sido detenido con un documento falso en mi poder.
Se supone que el fiscal no debe mentir, debe ser garante del debido proceso. Yo tenía asumido que debe ser todo lo duro que la ley establece con las acusaciones, pero no mentir.
Dado lo que ha venido ocurriendo en este proceso que llaman juicio, no me asombra que lo haya hecho. También ha tratado de poner en vigencia un nuevo tipo de derecho penal.
Lo que no esperaba es que el tribunal hiciera lugar a lo solicitado por la fiscalía, aceptando la argumentación falsa de que fui detenido con un documento falso en mi poder! Y lo usó como argumento para negarme la excarcelación.
Por lo tanto en este acto declaro que dejo de intentar defenderme en un proceso al que llaman juicio en que resulta imposible hacerlo y rescindo el mandato otorgado a mi abogado defensor particular y por supuesto, a la sustitución que aprobé a nombre del dr. Saint Jean.
Reitero que soy inocente de los cargos que se me imputan y que estoy en estado de indefensión frente a este proceso que llaman juicio.
Si bien estas declaraciones no son validas para este juicio, quedarán para futuros pasos procesales.
El juicio en sí, tuvo muchas irregularidad, como todo lo armado violando las normas del derecho. El fin, fue presentar a la audiencia nacional e internacional, un juicio.
Sí lo hubo, pero fue lo más parecido a un juicio popular.
El derecho brilló por su ausencia.
Tengo fe que si se trabaja sobre el enemigo correcto -los que violan el derecho- se pueden recuperar las instituciones.
Oscar A Cavallo
Finalmente hemos llegado a este momento.
En primer lugar quiero decir que estoy profundamente agradecido al Dr. Alfredo Solari por haber insistido en continuar con su defensa, que ha llevado hasta el extremo del martirio, pues he sido testigo presencial de los profundos dolores físicos que le causaba venir a las audiencias. Sin embargo lo hizo hasta el final de su alegato.
Aunque tenía un enfermedad de pésimo pronóstico, pudo haber dedicado sus últimos meses a tratar de combatir su mal. Eligió combatir a la injusticia desde la defensa que ejerció en mi caso y en el de sus otros defendidos. Por eso tiene mi respeto, mi reconocimiento y mi admiración.
Es evidente que se fue deteriorando en su capacidad física hasta extremos que me impresionaron y seguramente impresionaron a todos los que lo vieron.
Hoy podemos decir que su alegato fue su último acto profesional en su vida de hombre del derecho.
Lamentablemente me veo en situación de tener que repetir una vez más las mismas dos cosas que he dicho cada vez que he tenido oportunidad de hablar en este proceso que llaman juicio:
1. Soy inocente de los cargos que me imputan
2. Estoy en estado de indefensión.
***
1. Soy inocente de los cargos que me imputan
No hay pruebas ni testimonios que me relacionen con los hechos que me imputan en este proceso.
De haber podido el Dr. Solari terminar su alegato en debida forma, sin las limitaciones evidentes que le impuso su terrible enfermedad seguramente habría controvertido, uno por uno, los testimonios de los testigos que citaron las querellas y la fiscalía para hacer sus imputaciones en mi contra.
Yo no puedo alegar, solo puedo mencionar que, por ejemplo, el Dr. Solari habría dicho que el sr. Cubas, que declaró en este debate que yo pasé por Pecera preguntando quien conocía al Sr. Walsh, hizo la misma declaración hace unos años, también bajo juramento de decir verdad e hizo la misma aseveración con otro oficial como protagonista de sus dichos… problemas de la edad?... de la memoria? Lo cierto es que en ambas oportunidades juró que diría la verdad. En mi caso no era cierto y tengo elementos para creer que en el otro tampoco.
También podría haber contado que no estuve, como dijo aquí la señora Marti, dentro de la boletería del tren de la estación donde la detuvieron, es más, no conozco el interior de ninguna boletería del mundo.
Por otro lado, pensar que para detenerla hacía falta instalar un hombre dentro de la boletería es como mínimo no entender cómo se desarrolla una operación de ese tipo.
Suponer que la sra. Marti era tan conocida en la zona que el boletero de la estación podría decirle algo que él advertiría… todo un encadenamiento de posibilidades prácticamente nulas… entre otras cosas porque la rutina de la sra. Marti por esa época incluía tratar de pasar lo más desapercibida posible en todo momento y, seguramente no se habría hecho notar por un potencial informante de las fuerzas de seguridad como podía ser el boletero, no olvidemos que su estado era lo que se llamaba… que ellos, los Montoneros llamaban “clandestinidad”, en la que se encontraba toda la organización desde septiembre de 1974. Entre sus normas de conducta figuraba tratar de pasar inadvertidos permanentemente.
En cuanto al hombre que estaba en la boletería, aún en el supuesto que conociera a la sra. Martí, seguramente que desde donde se encontraba no podía ver a un grupo de gente que estaba esperando a la sra Marti, suponiendo que fuera cierto lo que cuenta del resto de las circunstancias de su detención.
Tampoco seguramente los vería el boletero.
Amén de todo este razonamiento sus dichos no son ciertos, además yo no estuve en esa boletería ni nunca en ninguna otra.
Ella declaró esto en alguna declaración anterior de hace pocos años… supongo que obedece a que alguien, o algunos, necesitaban ubicarme en el Grupo de Tareas en ese período. De hecho, esa declaración es posterior al pedido de extradición que hizo al reino de España el dr. Torres, que decidió imputarme esta causa, la llamada “Testimonios C”, en esa oportunidad.
Por último, podría haber mencionado, entre otras muchas cosas relacionadas con los testigos que intentan utilizar las querellas y la fiscalía en mi contra que la sra. Marta Alvarez, nunca había mencionado mi nombre como perteneciente al área de inteligencia en 1977 hasta su declaración en este debate, que por otra parte es la única de los que declararon sobre hechos de 1977 que hace semejante cosa. Parece evidente que alguien necesitaba ubicarme en esa estructura en ese año.
Cosa que no es cierta, por otro lado.
En cuanto a los testigos que me nombraron en relación con causas por las que no he sido acusado en este juicio, seguramente el Dr. Solari habría dicho una gran cantidad de cosas en mi descargo que yo, ahora, no puedo hacer. Pero no puede el tribunal dejar de tener en cuenta que sobre los llamados casos del grupo Villaflor y Jara de Cabezas, estos fueron investigados por el tribunal militar en 1985 y 1986. En esa investigación hasta fui sometido a ruedas de reconocimiento, en las que participaron algunos de los que en este debate vinieron a testificar.
En esa oportunidad, en la que hacía menos de un año que mi foto había sido publicada en varios medios de comunicación con una amplísima difusión, menos de la mitad de los testigos pudo reconocer mi imagen, que por otro lado era pública.
Sobre este tema se expidió tanto el juzgado de instrucción militar como la Cámara Federal (esta lo hizo en abril de 1987, antes de las llamadas leyes de Punto Final y Obediencia Debida) exonerándome de la investigación.
Por otro lado, no hubiera dejado de mencionar que, en el hipotético caso de que fuera cierto que yo llevé a esas personas de visita a sus casas, cualquiera que pensara con cierta mínima lógica llegaría a la conclusión de que, seguramente, sería la persona más interesada en este mundo para que a esas personas no les pasara nada y que, en aras de conseguirlo haría todo lo que estuviera en mi mano y aún más, para mantenerlos con vida y que recuperaran su libertad.
Lamentablemente, estoy impedido de decir todas las cosas que hubiera alegado el dr. Solari. Como conozco todo lo que hubiera dicho estoy convencido de que no pudo hacerlo por sus limitaciones de salud evidentes.
Insisto en que le estoy absolutamente agradecido por haberme defendido y todavía conmocionado por habernos mostrado a todos como dejaba hasta la última pizca de una energía que ya no tenía en aras de llevar a cabo la defensa de sus pupilos. Sin duda mereció un mejor trato por parte de sus interlocutores.
He realizado mi mejor esfuerzo por participar de esto que llaman “juicio”, haciendo lo posible por contribuir a mi defensa y sobre todo entender lo que ocurre.
Declaré como lo hice porque percibí que no importa lo que declarara, los llamados “testigos necesarios” serían valorados más que lo que yo pudiera decir.
Los “testigos necesarios” son una anomalía jurídica que solo vale en estos juicios, que tiene en los hechos carácter de testigo calificado, algo así como el voto calificado, con más valor probatorio asignado por el tribunal que los testimonios de los testigos de las partes acusadas y aún que las pruebas documentales.
En mi ampliación de indagatoria traté de aportar al tribunal algo que hasta ese momento nadie había traído a este “juicio”: el contexto vigente en la época de los hechos que se juzgan.
Para ello traté de recabar información producida por autores que no fueran sospechados de tener la menor relación con las fuerzas armadas y de seguridad y menos aún en aquellos años. Pedí disculpas y comprensión al tribunal y a los presentes porque dada mi actual situación de privación de libertad, que lleva ya un tiempo, no me ha sido posible acceder a toda la documentación adecuada para este fin.
Lamentablemente quedó el 11 por ciento de los dichos citados con procedencia del autor conocido como “Tata” Yofre. Hemos escuchado aquí que el representante de la Secretaría de DDHH en su alegato dijo que en mi ampliación de declaración indagatoria me dediqué a leer fragmentos de sus libros. Algo parecido dijo la representante de la querellante Patricia Walsh y alguno más.
No puedo menos que deplorar que el representante de la Secretaría de DDHH no haya podido comprender el 89 por ciento de lo que leí, probablemente por mis problemas de lectura. En todo caso pongo a su disposición ese 89 por ciento restante. Lo mismo que a cualquiera que lo quiera recibir. Basta con que me lo hagan saber al penal de Marcos Paz, donde me encuentro detenido en este momento.
Por último, el fiscal en su alegato mencionó el destino del entonces capitán de fragata Busico, luego de haber declarado en el juicio a la causa 13 como que no solo no sufrió consecuencias sino que fue premiado con un destino deseado por la mayoría de los jefes: segundo comandante del portaviones.
Evidentemente el fiscal no tuvo en cuenta que su opinión de “destino deseado” es absolutamente personal, de él, y no necesariamente compartida por la oficialidad de la Armada Argentina.
Por ese entonces, el portaviones era el buque más grande de la flota. El segundo comandante, en cualquier unidad de la Armada Argentina, es el responsable de que todo funcione como debe. Esa función en un buque del tamaño y la vetustez del portaviones era una fuente de problemas permanente.
Olvidó mencionar el fiscal que el “premio” que recibió el capitán de fragata Busico no incluyó su ascenso al grado superior, ya que no fue propuesto por sus superiores ascender a capitán de navío.
Se dice que la peor mentira es una verdad a medias: fue designado segundo comandante del portaviones, lo que se puede considerar una especie de “presente griego”. Una garantía de por lo menos un año con muchos dolores de cabeza. Se continuó con la no propuesta para ascenso al grado siguiente.
Verdad que se ve diferente cuando se conoce el conjunto de los hechos?
He usado este casi banal ejemplo para mostrar lo que ha venido ocurriendo en todo este proceso que dan en llamar juicio: permanentemente se han usado descripciones y relatos de personas que tienen intereses creados en contra de los imputados. Se ha obviado la búsqueda de la verdad para establecer un “relato”, como se da en decir en estos tiempos, adecuado a los intereses de quienes conducen todo esto, que por supuesto, no tienen nada que ver con la justicia.
Por otro lado en su investigación el fiscal parece no haber encontrado algún dato que puede tener cierta relevancia para evaluar las cosas: por ejemplo, si hubo algún comandante de Grupo de Tareas que ordenara tomar medidas extremas contra alguno de sus oficiales.
Si, lo hubo. Dos casos. Finalmente las ejecuciones no se llevaron a cabo.
Precisamente las dos personas que iban a ser ejecutadas están siendo enjuiciadas aquí, lo mismo que la persona a la que se le ordenó hacerlo.
El comandante del Grupo de Tareas no está en este juicio.
Ellos eligieron el silencio y lo respeto, pero esto probablemente agregue una nueva visión sobre lo que significaba la verticalidad en el cumplimiento de órdenes.
2. Estoy en estado de indefensión
Doy por reiteradas aquí todas las razones que ya he esgrimido ante este tribunal.
Es un hecho que no he logrado despertar en el tribunal la idea de que era un tema del que debía ocuparse a pesar de haberlo reiterado en mi ampliación de declaración indagatoria, por lo que estoy convencido que si el tribunal tiene la responsabilidad de tutelar mi derecho de defensa no ha cumplido con tal deber.
Lo que he dicho en ambas oportunidades, mi declaración indagatoria al comienzo del juicio y la ampliación de declaración indagatoria de los días 1 y 13 de abril pasados, sigue vigente en todos sus términos.
Pero se han agregado otros factores a los ya mencionados:
Tienen que ver con el proceso que terminó con la renuncia del Dr. Solari a mi defensa, seguida pocos días después de su fallecimiento.
3. Nuevos hechos que hasta hoy no he mencionado
Dado el tenor de lo que voy a decir no voy a utilizar adjetivos, me limitaré a relatar los hechos.
a. Desde que el dr. Solari comenzó a faltar a las audiencias, fue sustituido por el dr. Coronel. En ninguna oportunidad se me preguntó, creo que a ninguno de los defendidos del dr. Solari tampoco, si estaba de acuerdo con tal sustitución.
Esto tampoco ocurrió en ninguna oportunidad a lo largo del debate. Por supuesto yo ignoraba que debía dar mi acuerdo. Rescato, valoro y resalto la solidaridad y hombría de bien del Dr. Coronel, que de manera graciosa, sin tener ningún interés económico realizó estas sustituciones solo para ayudar al colega y amigo a seguir adelante.
Solo que aquí, la autoridad de la que depende la tutela de que yo ejerza mi derecho de defensa tampoco lo tuvo en cuenta (a mi derecho de defensa) y no requirió mi acuerdo para sustitución alguna.
Me preocupó seriamente la ausencia de mi defensor durante los alegatos de las querellas y sobre todo del de la fiscalía. Como soy lego en derecho y nadie del tribunal tuvo ninguna reacción al respecto asumí que mi preocupación carecía de sentido. Hoy llego a la conclusión de que eso no debió haber ocurrido, que quien tutelaba mi derecho de defensa debió haber tomado medidas para asegurar que ejerciera ese derecho.
Seguramente habría continuado en la ignorancia si no fuera porque el mismo tribunal requirió mi acuerdo para que el hijo del dr. Solari sustituyera a su padre en dos audiencias, las últimas del mes de julio.
Luego me enteré de que el mismo acuerdo había sido requerido al resto de los defendidos del dr. Solari. ¿Qué había cambiado? No pude menos que preguntármelo y averiguar cuál era el motivo de semejante cambio en la conducta del tribunal. Entonces aprendí que existe el art. 111 del Código procesal penal de la Nación y que este artículo establece que el acusado debe dar su acuerdo para que la sustitución se realice.
Es decir, durante meses, al menos más de dos meses seguidos y varios más sumadas todas las ausencias de mi defensor a lo largo del juicio, no se ha tutelado mi derecho de defensa.
b. Justo antes del comienzo de lo que sería su último acto en este debate, la última parte de su alegato, el dr. Solari nos comunicó a sus defendidos lo siguiente:
i. Cuál era el diagnóstico real de su enfermedad: cáncer de hígado de tipo 3, no operable.
ii. Que al final de su alegato presentaría su renuncia a la defensa, que ya no tenía fuerzas para seguir adelante, dado el dolor que padecía.
iii. Que el tribunal ya estaba al tanto de todo esto
iv. Le pregunté desde cuando lo sabía el tribunal y me dijo que desde hacía poco más de una semana.
c. Me queda claro entonces que el tribunal conocía la enfermedad y el estado del doctor Solari antes que yo mismo. Conclusión a la que se llega por otra parte de manera muy fácil, teniendo en cuenta las fechas de audiencias que fijó el tribunal para que el dr. Solari realice su alegato, consistentes con la necesidad de recuperar fuerzas luego del extenuante esfuerzo que esto le exigía, en razón de su desesperante estado de salud; cosa que hizo completamente en forma personal, sin recurrir a los ayudantes que le habían sido autorizados y por cierto en forma brillante.
Ningún otro defensor ni querellante tuvo esta “preferencia” para sus fechas de alegatos.
d. Cuando reacciona la fiscalía diciendo que esto se veía venir, no pude menos que sentirme doblemente asombrado.
Obviamente, como cada uno de los que lo vimos a lo largo de los últimos meses pudimos apreciar su progresiva y alarmante declinación física e incluso preocuparnos con ella y temer seriamente por él.
En mi caso particular en las cinco veces que vino a la audiencia entre fin de abril de este año y el comienzo de su alegato, aún durante el desarrollo de su alegato, le pregunté por la evolución de su enfermedad.
Desde el principio nos dijo que tenía un trombo (una especie de coágulo) en la vena Porta a la entrada del hígado, que era de muy difícil operación.
Que este trombo era consistente con una enfermedad genética que le impedía metabolizar el hierro normalmente. Todas las veces que le pregunté sobre el tema me dio respuestas relacionadas con ese diagnóstico.
En más de una oportunidad le sugerí y le pedí que deje la defensa y se dedique a atender su dolencia, que yo no le haría ningún cargo por ello y que tendría mi profundo agradecimiento por todo lo que había realizado hasta ese momento. Dentro de la gravedad de lo que estamos viviendo aquí, mi prioridad era que se atendiera en la mejor forma posible y recuperara su salud. Obviamente ni se me pasó por la cabeza abandonar al dr. Solari en esa circunstancia, donde veía que comprometía día a día su salud, sin saber en ese momento que, sencillamente, estaba entregando su vida para hacer lo que creía que debía hacer.
Al comienzo del alegato me dijo que se había comprometido con el tribunal a terminar su alegato.
e. Terminado el alegato y ya renunciado el dr. Solari, luego de la fiscalía el representante de una de las querellas, el dr Yanzon, pidió la palabra y dijo entre otras cosas que “habíamos sido víctimas de un fraude procesal por parte del dr. Solari…que sabía que al finalizar su alegato dejaría la defensa y que no debió haber aceptado la sustitución del dr. Coronel”.
Cuando el tribunal volvió de un cuarto intermedio observó al dr. Yanzon por sus dichos sobre el dr Solari y el presidente del tribunal dijo “no nos olvidemos que gracias al dr Solari llegamos aquí”.
f. Luego de la renuncia del dr. Solari, que ni nosotros ni, evidentemente el fiscal ni alguno de los querellantes esperábamos, el tribunal mostró la intención de seguir con la audiencia imponiéndonos la defensa de un defensor oficial. Quedó claro, para mí al menos, que el único motivo por el que el tribunal accedió a suspender la audiencia fue el caso de la ausencia y sustitución del dr. Coronel. Reconozco que esto es una suposición.
g. Luego de nombrado mi nuevo abogado particular no se le dio ningún plazo para que se imponga mínimamente con el contenido de la causa. La presidencia del tribunal le dijo que la audiencia podía continuar porque no tendría que hacer más que escuchar y que además se le proveería copia de los videos de las audiencias para que las pueda ver.
En ese acto el tribunal no tuvo en cuenta que las copias de los videos no se pueden, de ninguna manera, ver en los tres días que le concedieron, nominalmente, porque en realidad se aprovechó el plazo hasta la siguiente audiencia para que en ese período se compute el plazo de tres días que teóricamente le estaban otorgando.
No solo el tribunal no tuvo en cuenta cuánto tarda alguien en ver los videos de todo el juicio sino que, hasta el día de hoy, no se le han entregado las copias que dijo el presidente del tribunal que le darían. Con esto, obviamente, lo dejan inerme frente la defensa de seis acusados, un tercio de los imputados en este juicio.
Por otro lado, durante el desarrollo de la réplica del fiscal, en la que teóricamente mi nuevo abogado solo tenía que escuchar, los acusados nos encontramos en la necesidad de ir aclarándole de quienes estaba hablando el fiscal cada vez que nombraba a alguno de los testigos o de los casos que se juzgan en este proceso. Con esto quedaba claro que lo dicho por el presidente del tribunal no se compadecía con lo que estaba ocurriendo en la sala.
4. No puedo menos que sacar estas conclusiones:
a. No sé que hubiera hecho si me hubiera enterado en tiempo y forma que yo debía estar de acuerdo con la sustitución de abogados. Muy probablemente hubiera llegado un punto en que me hubiera negado, en aras de generar una determinación que le proporcionara más tiempo al dr Solari para tratar de atenderse, en contra de lo que evidentemente era su intención.
De todas formas no pude hacerlo porque no sabía que existía esa posibilidad.
b. La conducta del tribunal, a lo largo de la enfermedad del dr. Solari me hace tomar conciencia de que, lamentablemente, parece estar más interesada en el cumplimiento de un cronograma que aparentemente se ha fijado para el desarrollo de este proceso, aún a costa de la vida y la salud de las personas, que a la tutela de mi derecho de defensa.
c. Este convencimiento se refuerza cuando observo la forma en que el tribunal trata a mi abogado defensor, negándole armas para ejercer una defensa mínimamente adecuada ya que le niega todo tipo de plazo para que se imponga de la causa y además le niega el acceso al material necesario para enterarse del contenido de la misma. Evidentemente no se tiene en cuenta que nadie buscó que el dr, Solari se enfermera y muriera, dejándome indefenso junto con otros cinco acusados. Por lo tanto no es mi responsabilidad ni de los otros acusados y menos del doctor Olmedo Barrios. Al negarle todo plazo para tomar conocimiento mínimo de la causa se perjudica de manera insalvable a los acusados y al propio letrado para ejercer su tarea. El doctor Olmedo Barrios ha demostrado una valentía sobresaliente al asumir esta defensa en este estado de cosas y, dado lo ocurrido, no me extrañaría que deje la defensa solo con los agravios que le ha realizado el tribunal hasta el momento.
5. Por lo tanto
d. Me declaro, una vez más, indefenso frente a este proceso por todos los motivos que describí en mis declaraciones indagatorias, que todavía subsisten a los que se agregan los que acabo de mencionar
e. He llegado a la conclusión de que el tribunal ha puesto su interés y prioridad en cumplir un cronograma que aparentemente tienen y no en que se cumplan cuestiones básicas, creo, del debido proceso; por ejemplo cuidar que los acusados podamos ejercer el derecho de defensa sin cortapisas.
i. Digo “aparentemente” porque a lo largo del juicio, sobre todo desde el mes de julio a esta parte este proceso ha tenido audiencias en las que parecía que tenían que cumplir con algún objetivo o alguna meta porque prolongaban la audiencia hasta mucho más allá de lo que normalmente lo venían haciendo. Transmitían entonces la sensación de que “tenían” que terminar algo en un período de tiempo perentorio. Luego esto se veía desdibujado porque se retomaban las audiencias con el tiempo que normalmente le dedicaban a cada audiencia (en alguna audiencia el presidente mencionó que era de unas cinco horas de tiempo efectivo por cada día de audiencia).
Hubo alguna semana en que el tribunal realizó cuatro sesiones y el presidente dijo que era facultad del tribunal realizar audiencias los días que decidiera, incluso todos los días si lo consideraba necesario. También hubo audiencias que terminaron pasadas las once de la noche, sabiendo que al día siguiente habría audiencia nuevamente.
ii. Este proceso de apurar y luego volver al ritmo normal se verificó en tres oportunidades. Ahora estamos en uno de ellos. Prueba de ello es lo ocurrido el mismo día miércoles 12 de octubre pasado. En una maratónica sesión que comenzó a las 8 de la mañana ( en los hechos minutos antes de las 9) y terminó a las cerca de las 20 horas.
iii. El caso es que para llevarlo adelante, han hecho caso omiso de los derechos de mi defensor. Que aparte de los derechos que la ley le otorga debe estar en condiciones de plantear una defensa lógicamente razonable, con un mínimo de igualdad de armas con respecto a las otras defensas y a las acusaciones de la fiscalía y querellas. Con este proceder además, nos someten a otra causa de indefensión. El dr. Olmedo Barrios se ha ocupado y preocupado por plantear los necesarios pedidos de que se le conceda tiempo para tomar un mínimo conocimiento de la causa. No lo he escuchado mencionar que el plazo de ley de tres días no le alcanza materialmente para ver todos los videos de este proceso ni aunque se pasara las 24 horas de cada uno de esos días viendo los videos, aún en el caso de que se los hubieran entregado, que no ha ocurrido hasta este momento. El punto es que la suma de las horas de video que hay para ver suma matemáticamente muchísimo más que las 72 horas que se le otorgaron al dr Olmedo Barrios para que las viera…además, por supuesto de ni siquiera dárselas para que disponga de ellas…aunque el tribunal le había asegurado en audiencia pública que así lo haría.
Lamentablemente debo entonces llegar a la conclusión de que para este tribunal es más importante lo que se ha fijado como plan de trabajo o cronograma de tareas a desarrollar que permitir que los acusados se defiendan.
Señores jueces: para que un acusado se defienda tienen que concurrir varias circunstancias:
1. Tener la voluntad de defenderse. Para el caso en que esta no se cumpla entiendo que el tribunal dispone asignar defensores oficiales según necesidad.
2. Disponer de un abogado defensor o cumplir las condiciones para poder defenderse a sí mismo.
3. Que quien ocupa el cargo de autoridad acuerde al acusado la posibilidad de defenderse. Si esta no existe la defensa es imposible.
4. Que exista un marco legal al atenerse para que la autoridad pueda llegar a una decisión con garantías para las partes en litigio.
Aparece claramente a la vista de cualquier observador, al menos que no sea abogado, que en este proceso el tercer punto no existe y el cuarto es, al menos, discutible.
Tanto la falta de respuesta a mis sucesivos pedidos durante mis declaraciones indagatorias, más los pedidos que he realizado en el período previo al comienzo del debate hacen muy fácil llegar a la conclusión de que esto va a seguir adelante en la dirección en que lo deseen llevar quienes lo conducen, o sea los jueces. Esto sin importar lo que se plantee o argumente de parte de las defensas, tengan o no razón.
En estas condiciones cualquier esfuerzo que realicen tanto el acusado como el defensor esta irremisiblemente destinado al fracaso. Deja de tener sentido.
Si alguna duda quedaba basta con ver el proceso de la enfermedad del dr. Solari:
El dr Solari pasó largos períodos de tiempo sin presenciar las audiencias del debate, alguno mayor de dos meses.
No estuvo presente en los alegatos de las querellas y de la fiscalía.
Con el transcurso del tiempo sus fuerzas fueron menguando de manera visible. El tribunal permitió que prosiguiera con su defensa hasta que presentó su renuncia por motivos de salud.
Su alegato fue brillante, pero la parte fáctica dejó muchos huecos sin cubrir. Justamente eso ocurrió (su alegato de la parte fáctica de cada uno de sus defendidos) durante su último día como defensor, con sus fuerzas ya absolutamente agotadas. Dijo en un momento que el dolor que tenía era “una tortura”.
Estaba sufriendo más allá de su capacidad de aguante, que era mucha, enorme. Me dijo que no podía tomar calmantes durante el alegato porque los calmantes le afectaban la mente tanto que quedaba dormido o con tanto sueño que no podía pensar con claridad.
A pesar de conocer perfectamente el estado del dr Solari, según lo que dijo él mismo el 22-09-2011 y dejó ver el propio tribunal por su conducta fijando audiencias para darle tiempo a recuperarse, el tribunal no tomó ninguna medida para que los acusados, yo en mi caso, tomara conocimiento de la situación, dejando sin tutela mi derecho de defensa una vez más.
Qué diferencia de actitudes! El dr. Solari nos dejó un ejemplo de fe en el derecho, que defendió con desprecio de su propia salud, hasta dar la vida, literalmente, en aras de la defensa de sus pupilos…pero también del derecho. Las últimas palabras que me dedicó antes de irse fueron: “no dejen de insistir en se aplique el derecho. A la larga va a prevalecer”
Que contraste con quienes lo dejaron entregar su vida sin mover un dedo para paliar su sufrimiento ni ahorrarle un gramo del calvario por el que pasó… cabe preguntarse en pos de que objetivo hicieron esto… que cosa puede justificar esto en esta época… cuesta imaginar una respuesta…
Luego de asistir a la mayoría de las audiencias y escuchar todo lo esgrimido por la fiscalía y varias querellas sobre el carácter institucional de los hechos que se juzgan y la utilización de la estructura del estado por parte de sus autoridades nacionales, democráticas o no, en forma discrecional, utilizando un marco regulatorio fijado por vía no legislativa; es imposible no asociar lo que aquí se juzga ocurrido hace más de treinta años con lo que está pasando actualmente en este país: una parte del Poder Judicial se ha conformado en una suerte de conjunto de grupos de tareas, que persiguen, capturan y detienen a personas porque son de un determinado grupo de pertenencia.
Es cierto, ha habido una cierta evolución de una a otra época: antes se eliminaba a los perseguidos, a una parte de ellos. Teniendo en cuenta que una cantidad conservadora de terroristas combatientes era de alrededor de 12.000 hombres y mujeres, han tenido unos dos tercios de bajas.
Hoy la situación de este país no admite la ocurrencia de muertes de manera sangrienta, por lo menos hasta ahora. Optaron por hacerlo entonces de manera “indirecta” podríamos decir: se detiene a personas con un promedio de edad mayor a los 65 años en sitios diseñados y administrados por personal adiestrado para una población no mayor de treinta años de edad promedio. Esta situación es la vigente en todas las cárceles del país.
El único caso que conozco donde se está en capacidad de atender con alguna solvencia las patologías de gente del grupo etario de los hoy perseguidos es el hospital del complejo penitenciario nº 1, Ezeiza.
Por esas cosas de la administración pública argentina actual, precisamente el propio ministro de justicia de la Nación, Julio Alak, declaró en al menos dos diarios del día sábado 8 de octubre pasado, Página 12 y Perfil, que en treinta o cuarenta y cinco días trasladarán a 15 detenidos de ese hospital (el de Ezeiza) a la cárcel de Devoto. Uno de los argumentos que usó fue que ahora tienen un régimen de privilegio.
Con esto el ministerio de justicia “corregirá” la situación que viven 15 detenidos por las que se da en llamar “causas de lesa humanidad”. Varios de ellos están siendo juzgados en este “juicio”. Con esta medida el estado nivela para abajo y le quita el “privilegio” de ser tratado con mínimas garantías sanitarias a 15 de los detenidos para llevarlos a la misma situación que al resto de los detenidos, que estamos en las cárceles preparadas para albergar a personas que tienen, en promedio, más de treinta años menos de edad que nosotros.
Todo parece indicar entonces, que nuestra muerte es la intención de quienes dirigen todo este gigantesco operativo venganza. Incluso hubo abogados relacionados con diferentes querellas y/o organismos de los que se da en llamar de “derechos humanos” y en realidad es de derechos humanos de algunos que dijeron que consideran un castigo apropiado el “juicio permanente”. Es decir que los acusados seamos sometidos a juicios uno detrás de otro hasta que se agote nuestra vida y nos vayamos muriendo.
Una prominente funcionaria de la Secretaría de Derechos Humanos, seguramente una de los jefes de los que aquí aparecen y se declaran “representantes del Poder Ejecutivo Nacional”, tal como lo ha dicho en su alegato recientemente devenida en camarista, la doctora Figueroa le dijo hace unos años a mi entonces abogado, el doctor Solari: “vea doctor, quiero 1300 militares presos, los quiero desposeídos y sus familias empobrecidas”.
Esta parece ser la filosofía imperante. Todavía éramos mucho menos de los más de mil que somos ahora. Seguramente los números se han ido corrigiendo al ir consiguiendo las metas, pero la actitud es la misma.
Cabe como reflexión que si prestando atención a la descripción que hizo la fiscalía de los hechos y de la organización y uso que se hizo de los recursos del estado para perseguir a los terroristas (ellos dicen a “militantes sociales” o cosas parecidas), por el mismo camino se puede concluir que este tribunal y todos los demás tribunales que se están ocupando de estas causas constituyen lo que hoy podría llamarse “los GT de esta época”. A poco que se mire los paralelos son notables.
Hoy las armas no son las de fuego sino los códigos, las normas legales usados de manera discrecional. Tan discrecional que han modificado de hecho, sin ningún tipo de consulta popular ni ley al respecto normas como el llamado Tratado de Roma al menos en dos partes: en quienes pueden cometer terrorismo y en la aplicación retroactiva del Tratado, que su propio contenido deniega.
En aras de tenernos detenidos y pasarnos por un acto similar a un juicio, con características de juicio, han hecho cosas como modificar la Constitución Nacional, poner tratados internacionales por encima de la misma Constitución.
Hacen como que no existe la parte de la Constitución que dice que los Tratados Internacionales tienen vigor en tanto no entren en conflicto con la primera parte de la Constitución, que establece la defensa de los derechos de los argentinos (garantías constitucionales).
Entonces no puede asombrarme la conducta de este tribunal en todas las violaciones a mi derecho de defensa que he mencionado.
Solo puedo esperar que un día la gente del derecho estudie lo que aquí está ocurriendo y pueda corregir algo. En ese momento seguro no faltará que alguno de los que hoy pertenece a estos Grupos de Tareas de hoy diga que “obedecieron órdenes”.
Dado que la defensa no tiene sentido y la actitud del tribunal para con mi nuevo defensor puedo considerar como un hecho que quienes fungen como “autoridad de aplicación”, es decir los miembros del tribunal, no van a facilitarle los recursos indispensables para ejercer la defensa de sus seis defendidos.
Acabo de conocer al dr. Olmedo Barrios. Me merece el mayor de los respetos su actitud de asumir esta defensa en estas condiciones y no haber desistido, ante la actitud del tribunal, por ser impracticable cualquier defensa cuando hoy todavía no consiguió que le entreguen las copias de video de las audiencias del juicio, no hablemos ya del tiempo necesario para verlos.
Por si todo lo dicho hasta ahora no bastara para llegar a conclusiones sobre este proceso que llaman “juicio”, resulta que tengo en mi poder una muestra en “blanco sobre negro” como dicen los periodistas, de la justicia que dispensa este tribunal, en su actual composición:
Hace unos meses mi abogado, el dr. Solari, pidió a este tribunal mi excarcelación por haberse vencido todos los plazos legales para mantenerme en prisión preventiva.
El fiscal, cuando tuvo que opinar, dijo que no se me debía dejar en libertad porque había peligro de que me fugara, ya que había sido detenido con un documento falso, lo que permite pensar que puedo recurrir a documentación falsa e intentar fugarme.
Esta afirmación del fiscal es absolutamente falsa. Es mentira.
Cuando se me detuvo no tenía ningún documento que no fuera a mi nombre y expedido en legal forma. No hay, en toda la gigantesca causa en que se ha transformado la causa ESMA, ninguna prueba ni indicio ni siquiera mención, de que yo hubiera sido detenido con un documento falso en mi poder.
Se supone que el fiscal no debe mentir, debe ser garante del debido proceso. Yo tenía asumido que debe ser todo lo duro que la ley establece con las acusaciones, pero no mentir.
Dado lo que ha venido ocurriendo en este proceso que llaman juicio, no me asombra que lo haya hecho. También ha tratado de poner en vigencia un nuevo tipo de derecho penal.
Lo que no esperaba es que el tribunal hiciera lugar a lo solicitado por la fiscalía, aceptando la argumentación falsa de que fui detenido con un documento falso en mi poder! Y lo usó como argumento para negarme la excarcelación.
Por lo tanto en este acto declaro que dejo de intentar defenderme en un proceso al que llaman juicio en que resulta imposible hacerlo y rescindo el mandato otorgado a mi abogado defensor particular y por supuesto, a la sustitución que aprobé a nombre del dr. Saint Jean.
Reitero que soy inocente de los cargos que se me imputan y que estoy en estado de indefensión frente a este proceso que llaman juicio.
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