Los 70. Nota en el diario El Norte de San Nicolás
Locales
El disparate jurídico del genocidio de la calle Juan B. Justo
El Relato Jerárquico Cristínico nos
impone creer con Obediencia Debida que el 19 de noviembre de 1976 un
grupo de chicos que vinieron a San Nicolás desde Entre Ríos para ayudar a
la gente pobre fueron trucidados por el Ejército y la Policía Federal
argentinos. Éstos habrían cometido el delito de Genocidio matando en
calle Juan B. Justo 676 a tres adultos y dos bebés, salvándose un tercer
niño de milagro, y por ello se los está juzgando ahora por la JUSFETO.
(Ya te explico…).
1. La Argentina del miedo
Nunca oculté un cierto respeto por los
cheguevaristas que, aunque peleando por la tiranía del proletariado sin
derechos para nadie en aras del paraíso en la tierra que nunca viene, no
se puede negar que se jugaban la vida.
No así por los que, pretextados en la
ominosa política de los desaparecidos con que el General Videla siguió
los consejos norteamericanos de Kissinger y no los de la moral católica
expuesta por los Generales Buazzo y Mujica o los teólogos Castro
Castillo y Ezcurra o con variaciones las protestas de la Iglesia, buscan
hoy revancha, hacer El Negoción e instalar un orden anticristiano, con
la desaparición exitosa de las fuerzas armadas y del sistema penal.
Si se acepta que alguien opine distinto
en esta ciudad del miedo, diremos públicamente que la versión del
Relato Dictatorial es falsa en cuanto al derecho y también en cuanto a
los hechos, para lo cual se hace necesario recordar la historia.
2. Contexto histórico
Sin perjuicio de remitirnos a nuestro
libro Sacheri: Predicar y morir por la Argentina, es necesario acordarse
que la Cámara Federal que en la famosa sentencia 13 condenó a los
comandantes de las juntas militares bajo la Presidencia de Alfonsín,
reconoció que la Argentina sufrió una guerra revolucionaria subversiva
que no se inició aquí ni por problemas de aquí. Era la época de la
Guerra Fría entre Estados Unidos y Rusia, que movían a sus peones sin
arriesgarse directamente. Por si no fuera archisabido el peón Fidel
Castro dijo claramente que exportó la revolución guerrillera a toda
Sudamérica. Fernando Abal Medina, por ejemplo, desapareció de su familia
y fue a Cuba preparándose para matar al General Aramburu.
Para los chicos que no lo han pensado,
no está demás decir que “guerrillero” tiene que ver con “guerra”, y que
precisamente se caracteriza como tal (“guerrillero”, digo) a quienes se
mezclan con la gente, haciendo figura de familia común aparecen de golpe
para practicar acciones de muerte y vuelven a mimetizarse con la
población civil. Esto los hace particularmente eficaces y explica que no
tengan ciertos beneficios del derecho de la guerra regular que ellos no
reconocen, sin que esto justifique la ominosa política que respecto de
ellos siguió el Proceso militar.
3. ¿Qué significaban las siglas ERP, FAR, FAP y OPMM?
ERP significaba Ejército Revolucionario
del Pueblo (son los que mataron a nuestro convecino y amigo de mi
familia Arturo Mor Roig, militante del Partido Radical y con quien
trabajé profesionalmente); FAR significaba Fuerzas Armadas Peronistas; y
OPMM significaba Organización Político Militar montoneros. (… son los
que mataron al dirigente sindicalista nicoleño y nacional José Ignacio
Rucci, tras lo cual Perón prometió aniquilarlos). El subrayado que hemos
puesto en cada sigla muestra que no se trataba aquí de algunas Oeneges
con civiles desarmados inocentes idealistas militarmente inofensivos. Su
doctrina era la del dirigente comunista chino Mao Tse Tung, a quien
citaban, de que el poder brota de la boca del fusil.
4. Éxitos en la empresa montonera
En 1975/1976 los que el 27 de
septiembre de 1973 a dos días del triunfo electoral de Perón mataron a
Rucci, eran un triste orgullo nacional argentino en materia de poderío
de personal, de organización, de fuego, de realización de secuestros
extorsivos, y venían de obtener un notable éxito. Habían reventado a
tiros en la Provincia de Entre Ríos a un alto jefe del Ejército Enemigo,
el General argentino Jorge Cáceres Monié y también a su esposa, a quien
hubieran podido perdonarle la vida pues actuaron a quemarropa y con
total sorpresa. Éxito total de los cheguevaristas. Para las fuerzas
nacionales esto fue Cancha Rayada.
5. Los hechos del Barrio Las Mellizas
Los hechos de la calle Juan B. Justo
fueron el día 19 de noviembre de 1976, pero el día anterior, 18 de
noviembre, cuando la Policía Federal de San Nicolás iba a allanar una
casa en el citado Barrio, fueron liquidados un Sargento y un Cabo y
herido gravemente un oficial, fugándose los agresores. En el diario El
Norte del 20 de noviembre de 1976 está el relato de los hechos que en
esta ciudad todos los viejos conocemos y están los avisos fúnebres de
los dos policías. El Sargento Vicente Testa era un chico de San Nicolás,
y el Cabo Alberto Carlos Loyola de Pergamino; ambos tenían tres hijos,
huérfanos así de padre, y una de las viudas no resistió el dolor y murió
al poco tiempo. Tres entonces, mediohuérfanos, y tres, todohuérfanos.
Para ellos no hay derechos humanos… Cancha Rayada.
Tras las bajas sufridas las fuerzas
contracubanistas de la Policía y el Ejército entraron al lugar y dieron
con la apariencia de una humilde casa común en dicho barrio, hasta que
un suboficial descubrió un agujero pequeño que le llamó la atención;
metió la mano y encontró una manija; accionó la manija y se movió el
piso, y ante sus ojos apareció un depósito de armamentos, una imprenta
clandestina montonera, una posta sanitaria y un lugar condicionado
probablemente para servir de “cárcel del pueblo”.
En estas “cárceles del pueblo” los
guerrilleros apresaban gente para pedir rescate. En una de ellas de nada
más que 2,20 de largo, de 1 metro de ancho y 2 metros de alto, el ERP
tuvo al Mayor de nuestro Ejército Argentino llamado Argentino del Valle
Larrabure más de un año, 372 días sometido y casi enterrado hasta que,
como se negó a traicionar a su Ejército como le pedían para liberarlo,
fue ahorcado. Pasó su último día rezando y murió cantando el Himno
Nacional Argentino (Ofrezco sobre esto mi conferencia Cuatro mártires
argentinos de los ´70; cfr. el libro Un canto a la Patria, de Arturo
Larrabure).
6. “Juan B. Justo 676”
Entre montones de papeles las fuerzas
nacionales encontraron en la casa del Barrio Las Mellizas un papel con
la mencionada dirección de la calle Juan B. Justo y al día siguiente
unos pocos integrantes fueron a hacer averiguaciones y golpearon en la
puerta. Fueron recibidos por una balacera, se salvaron de milagro de un
nuevo Cancha Rayada, se parapetaron enfrente, pidieron refuerzos, se les
intimó a los combatientes que salieran y sacaran los chicos si estaban,
y se desarrolló un combate, tiro va y tiro viene.
Una mujer integrante de la Organización
Político Militar Montoneros pretendió salir de la casa a la carrera y
cubriendo su huída con disparos de arma larga y fue abatida. Una pareja
que también ocupaba el lugar, o bien fue muerta en el enfrentamiento o
bien, siguiendo las órdenes que solían tener de suicidarse pero no caer
presos, hizo esto último. Dos bebés que los guerrilleros tenían consigo y
al parecer pusieron en el baño murieron por asfixia (balacera, gases
lacrimógenos y quemazón de papeles que los ocupantes de la casa hicieron
para no dejar pruebas), uno en seguida, otro en el San Felipe, y el
otro salvó su vida.
7. El relato del diario El Norte
Esto es también lo que dice este diario
El Norte del 20 de noviembre de 1976, y su autoridad es confirmada
porque cuando los militares empezaron a estar en el banquillo la repite
exactamente en su versión del jueves 10 de octubre de 1985, 9 años
después. Propongo a los ciudadanos libres de San Nicolás de los Arroyos
la verdad de que el diario El Norte dijo la verdad. Ejemplares del
diario están en el expediente.
Por largos años quedaron en el lado de
los números impares de calle Juan B. Justo, es decir ubicados enfrente
de la guarida del número 676, los daños causados por las balas que
venían de enfrente, y después de muchos años, a pesar de la Argentina
del miedo, los testigos cuyas casas recibieron la balacera montonera
declararon, y puedo citar las fojas porque tuve participación en el
expediente, este hecho.
Aquí no hubo ningún secuestro; no hubo
torturas; no hubo “desaparecidos”; ni la guerra sucia extralegal con que
amenazó Perón y que ejecutó López Rega con la Triple A. (Para los que
no lo sepan, ésta fue una organización tenebrosa clandestina enquistada
en el gobierno, que persiguió a la guerrilla comunista pero también a
otras personas, por ejemplo el coronel cristiano Juan Francisco Guevara
que se exiló en ese entonces en Uruguay escapando de ella).
No se trató del exterminio de chicos
que pedían el boleto estudiantil; ni de la represión del pedido de
comedor universitario barato; ni de impedir la participación de los
obreros en las ganancias ni de que unos filántropos ayudaran a los
pobres con la provista de ladrillos; ni de una represión al voto de los
menores de 16 años; ni un asesinato practicado a los moyanistas de
entonces que querían la elevación del mínimo no imponible del impuesto a
las ganancias. No se trató de un exterminio de una población civil por
razones raciales o religiosas ni nada.
En ese contexto fue guerra, con balazo y
balazo de un lado y del otro. Antes había habido victoria de los
cubanistas, Cancha Rayada para los nacionales, y luego Maipú o
Chacabuco. Era la guerra entre los que mataron a Rucci y a Amelong y el
Ejército y la Policía argentinos. Esta verdad que dijo El Norte figura
en el expediente y es lo que hay en Internet, donde circula de fuente
izquierdista que en Juan B. Justo 676 funcionaba una “casa operativa
montonera”, y que sus héroes se resistieron a las fuerzas nacionales.
Puedo ampliar.
8. Derecho
No se puede aplicar aquí la figura
jurídica del Genocidio por varias razones, que reduciré a dos. 1) Una es
que eso sería aplicar normas retroactivamente, cosa penalmente vedada
pero permanentemente violada por la JUSFETO. Para quien no estudia
derecho, si el miércoles yo realizo una conducta que no es legalmente
considerada delito pero mañana jueves ella se sanciona como tal (como
delito), no se me puede aplicar la pena por el hecho del miércoles.
2) Pero aunque se pudiese aquí aplicar
por razones temporales dicha figura jurídica, aquí faltó un elemento
esencial. Porque no hubo un ataque a una población civil inocente.
Negar que los que fallecieron en el
combate de la calle Juan B. Justo fueran jurídicamente “población civil
inocente” no significa decir (ni negar) que fueran jurídica o éticamente
culpables. Se trata de una cuestión anterior. En Derecho ser “civil
inocente” en este caso significa que es gente “non nocens”, es decir que
no puede causar daño porque no anda armada.
Para ilustrarlo, sepamos que la
represión del genocidio nació frente la conducta de los “chetniks”, que
para liquidar totalmente a la población bosnia de Sarajevo, con fusiles
de miras telescópicas parapetados en el Monte Igman mataban a un chico
indefenso que salía a hacer un mandado o que iba a la escuela o a una
señora que tendía ropa en su jardín, por ejemplo.
El propósito de este artículo es que al
menos se oiga una voz que diga lo que todas las personas de alguna edad
sabemos desde siempre en San Nicolás de los Arroyos, y que lo comentan
en los bares o en los tribunales o en el juzgado federal, claro que
siempre en voz baja por temor al Revanchón, que surge del expediente, y
que se reconoce por los propios partidarios montoneros en Internet. Que
se mate – tiro va, tiro viene, Maipú y Cancha Rayada- en una guerra de
gente armada librada contra gente armada que se alzó contra la Nación
durante el gobierno de Frondizi y de Illia (democracia), durante el
gobierno de Lanusse (militares) de Cámpora (democracia), de Videla
(militares) y de Alfonsín (democracia), dirigidos desde Cuba, no es
delito de lesa humanidad. Pero menos que menos lo es este caso
paradigmático de la calle Juan B. Justo.
Y si no es así, que alguno me desmienta.
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